¿Se pueden coger flores del parque? Estas son las multas que te pueden poner en España

 
Por Irene Juste, Editora Sénior. 17 marzo 2026
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Pasear por un parque y ver flores bonitas invita a hacer algo muy común: coger una y llevársela a casa. Es un gesto que muchos consideran inofensivo, casi automático. Sin embargo, lo que parece una acción sin importancia puede tener consecuencias legales. En España, arrancar plantas de espacios públicos no siempre está permitido. De hecho, en muchas ciudades puede acabar en multa. Todo depende de la normativa local y del tipo de planta.

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Coger flores del parque: lo que dice la norma y las multas

En la mayoría de ciudades españolas, las flores y plantas que hay en parques, jardines o rotondas son propiedad pública. Esto significa que no se pueden dañar, arrancar ni cortar sin autorización. Aunque pueda parecer exagerado, coger una flor puede considerarse una infracción administrativa.

Las ordenanzas municipales suelen incluir sanciones para proteger estos espacios. Las multas por coger, cortar o dañar plantas y flores en zonas verdes de las ciudades o localidades, varían según la ciudad y la gravedad del acto, pero hay ejemplos reales que muestran que no es algo simbólico:

  • En Elda (Alicante), una mujer fue sorprendida arrancando plantas de la calle y se enfrentó a una sanción de hasta 750 euros.
  • En Salamanca, un ciudadano fue multado con 300 euros por cortar rosas en un jardín público.
  • En Murcia, arrancar flores puede suponer multas de hasta 750 euros, mientras que dañar árboles puede alcanzar los 3.000 euros.
  • En Zaragoza, sustraer plantas de espacios públicos puede conllevar sanciones de hasta 250 euros.
  • En el caso de Barcelona, la normativa también es clara. Las ordenanzas municipales prohíben expresamente arrancar o dañar plantas en parques y jardines. Dependiendo de la gravedad, las sanciones pueden llegar a 3.000 euros.

La razón es sencilla: el mantenimiento del verde urbano tiene un coste importante. Los ayuntamientos invierten en plantar, cuidar y renovar estas zonas. Por eso, llevarse una planta no es solo un gesto individual, sino un daño al conjunto de la ciudad. Además, hay que pensar que si muchas personas hacen lo mismo, el daño ya no es "solo coger una flor o una planta", sino que serían muchas. Esto dejaría el área en mal estado y dañaría el ecosistema que se forma en mitad de la ciudad, ya que una zona con plantas implica que no solo habitan ellas ahí, sino que también hay animales de la ciudad que las aprovechan, como alimento, refugio, etc.

¿Se pueden coger flores o plantas en la naturaleza?

Si salir del entorno urbano parece una alternativa, conviene saber que en la naturaleza las normas son incluso más estrictas.

En España, no está permitido recolectar plantas silvestres sin autorización. Esta regla busca proteger los ecosistemas y evitar que determinadas especies desaparezcan por la acción humana.

Aunque coger una flor pueda parecer algo sin impacto, la realidad es que muchas personas haciendo lo mismo sí genera un problema. Las plantas silvestres cumplen funciones esenciales: ayudan a mantener el suelo, alimentan a insectos y otros animales, y forman parte del equilibrio natural del entorno.

En espacios naturales protegidos, como parques naturales o reservas, las restricciones son todavía mayores. Allí está prohibido recolectar plantas, flores e incluso semillas sin permiso.

Un ejemplo real ocurrió en el Parque Natural de Cazorla, Segura y Las Villas, donde varias personas fueron denunciadas por recolectar plantas aromáticas sin autorización. Las sanciones podían ir de 60 a 600 euros.

Además, si se trata de especies protegidas, las consecuencias pueden ser más graves. En estos casos, la infracción no es solo administrativa, sino que puede considerarse un daño al patrimonio natural.

Tipos de plantas que están protegidas y por qué lo están

No todas las plantas tienen el mismo nivel de protección, pero en general arrancarlas sin permiso puede acarrear sanciones. La normativa distingue entre varios tipos, y entender esta diferencia ayuda a comprender por qué están reguladas.

Plantas ornamentales (parques y jardines urbanos)

Son las que se plantan con fines decorativos en calles, plazas o parques. Aunque no estén en peligro de extinción, forman parte del mobiliario urbano y son propiedad del ayuntamiento. Arrancar estas plantas ornamentales se considera una infracción porque implica dañar un bien público.

Plantas silvestres autóctonas

Son especies que crecen de forma natural en una zona. Están adaptadas al entorno y desempeñan un papel clave en el ecosistema. Por ejemplo, pueden evitar la erosión del suelo o servir de alimento a insectos polinizadores. Si muchas personas las recolectan, el impacto acumulado puede ser importante.

Especies protegidas o en peligro

Las plantas en peligro de extinción o en estado vulnerable son las más sensibles. Están incluidas en catálogos oficiales de protección porque su número es reducido o están amenazadas. Su recolección está estrictamente prohibida. Arrancarlas puede suponer sanciones elevadas e incluso infracciones ambientales graves.

En muchos casos, el problema es que no siempre es fácil distinguir unas plantas de otras. Por eso, la recomendación general es clara: si no sabes qué especie es, lo mejor es no tocarla.

¿Qué alternativas legales hay si te gustan esas plantas?

La buena noticia es que hay formas totalmente legales y sostenibles de disfrutar de las plantas sin meterse en problemas.

La opción más sencilla es acudir a viveros o centros de jardinería, donde se venden especies cultivadas de manera controlada. Allí puedes encontrar tanto plantas ornamentales como muchas variedades autóctonas.

También existen otras alternativas interesantes:

  • Pedir esquejes o semillas a familiares o amigos.
  • Participar en intercambios de plantas organizados por asociaciones.
  • Acudir a talleres en jardines botánicos o colectivos naturalistas.
  • Preguntar a los ayuntamientos si van a retirar plantas en trabajos de mantenimiento. En algunos casos, cuando se renuevan jardines públicos, ciertos ejemplares se desechan o se redistribuyen. Algunas ciudades incluso los ceden a vecinos o asociaciones.

Al final, la clave está en disfrutar de las plantas sin perjudicar el entorno. Porque aunque coger una flor parezca algo pequeño, detrás de cada planta hay un equilibrio que merece ser respetado.

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Bibliografía
  • Multas de hasta 3.000 euros por arrancar, cortar o dañar los árboles y plantas de espacios públicos. Madrid 365. Disponible en: https://madrid365.es/servicios/multas-de-hasta-3-000-euros-por-arrancar-cortar-o-danar-los-arboles-y-plantas-de-espacios-publicos-20210201-0949/
  • Normas de uso de los espacios verdes. Ajuntament de Barcelona. Disponible en: https://ajuntament.barcelona.cat/espaisverds/es/los-parques-y-jardines/los-parques-y-jardines-de-barcelona/normas-de-uso-de-los-espacios-verdes
  • Ordenanza general del medio ambiente urbano. Ajuntament de Barcelona. Disponible en: https://www.webaero.net/ingenieria/especificaciones_y_normas/NB/Municipal/Barcelona/Barcelona/medio%20ambiente%20urbano.pdf
  • ORDENANZA MUNICIPAL DE PARQUES Y JARDINES. Ayuntamiento de Alicante. Disponible en: https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202107/ordenanza-parques-y-jardines-1.pdf
  • ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PROTECCIÓN DE LA CONVIVENCIA CIUDADANA. Ayuntamiento de Salamanca. Disponible en: https://www.aytosalamanca.es/documents/20119/972938/Nxm._22_-_Ordenanza_Municipal_para_la_Proteccixn_de_la_Convivencia_Ciudadana.pdf/56ccaf2a-3d7e-2121-44d2-21692919aec0?t=1724839997372
  • Aprobación definitiva de la ordenanza municipal sobre convivencia y seguridad ciudadana. Sede Electrónica del Boletín Oficial de la Región de Murcia. Disponible en: https://www.borm.es/#/home/anuncio/15-01-2014/351
  • ORDENANZA MUNICIPAL DE ÁREAS VERDES Y ARBOLADO VIARIO. Ayuntamiento de Murcia. Disponible en: https://medioambiente.murcia.es/sites/default/files/2022-06/2.pdf
  • Ordenanza Municipal de Uso de Zonas Verdes. Ayuntamiento de Zaragoza. Disponible en: https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/102
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